TOME EN CUENTA ESTOS PASOS A SEGUIR:
Conllevando inversiones que muchas veces son el ahorro de
toda una vida, la adquisición de una propiedad no puede tomarse a la ligera,
por ende les brindamos algunos consejos a tener en cuenta:
1.- Busque un abogado especializado en la materia. Le
ahorrará tiempo, dinero y sustancialmente de una posible estafa por la cual
pierda su inversión. El abogado no solo está para solucionar problemas su labor
principal es evitar los posibles problemas.
2.- Del dinero destinado para la adquisición de su
propiedad separe el equivalente entre el 1% al 5%, dependiendo del caso para
los gastos notariales y registrales ya que estos corresponden al comprador,
salvo pacto contrario.
3.- Escoja varias propiedades que cumplan con sus
requerimientos y expectativas. De cada inmueble estudie sus ventajas y
desventajas. No compre el primer inmueble que encuentre aunque sea el de sus
sueños.
4.- Una vez escogido el posible inmueble a adquirir pida
los siguientes documentos al propietario:
- Declaración
de Autoavalúo Municipal.
- Si
es una empresa quien le vende, solicite la documentación en la que figuren
sus apoderados y representantes legales.
- Recibos
de Luz, agua y demás servicios del inmueble a adquirir.
- Solicite
información en el Poder Judicial a efectos de verificar que no existe
proceso alguno por el cual se esté debatiendo el legitimo y legal
propietario del inmueble a adquirir.
5.- Corrobore la autenticidad y veracidad de la
documentación del inmueble mediante la documentación solicitada al Registro de
Propiedad Inmueble. Adicionalmente, que su abogado realice un estudio de
los antecedentes registrales para comprobar que no existan títulos pendientes
de inscripción, afectaciones, embargos etc.
6.- Redactada y firmada la minuta de compra venta, o
contrato preparatorio, solicite el bloqueo registral de la propiedad a
adquirir. A la firma de la minuta se cancelará solo un porcentaje del precio de
venta. Nunca un porcentaje significativo.
7.- Realizado el bloqueo registral y lista la Escritura
Pública de compra venta, previa firma del mismo, ya puede cancelar el saldo del
precio de venta. Antes de esto por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia.
8.- El notario emitirá los partes notariales al Registro
de Propiedad Inmueble a efectos que esta propiedad sea inscrita a su nombre y
figure registralmente como el nuevo propietario.
9.- Realizados todos estos pasos descargue la propiedad a
su nombre en la municipalidad en la que está ubicada. En caso de que el
inmueble sea nuevo, el comprador pagará el Impuesto General a las Ventas (IGV);
si es una segunda venta, pagará el Impuesto de Alcabala en la municipalidad en
la que se ubica el inmueble adquirido.
Otro sistema, muy rentable ya que puede adquirir propiedades con un alto descuento es mediante la adjudicación de propiedades en remate judicial. Pero estos requieren un mayor cuidado.
No use solo su criterio o la experiencia de otra persona
para la adquisición de un inmueble. Existen innumerables formas en que un
comprador puede perder su inversión.
Las pautas mencionados son los básicas y
elementales en todo supuesto de subrogación. Consecuentemente, las recomendaciones
expuestas no son vinculantes al Estudio por tanto no asumimos responsabilidad
alguna por su solo seguimiento. Resulta imprescindible la asesoría personal de
un abogado para cada caso específico.
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