19 ene 2016

¿LE EMBARGARON POR UNA DEUDA QUE NO ES SUYA?



Ya sea porque le embargaron por una deuda que no es suya o porque siéndolo le embargaron a un tercero ajeno a esta deuda (padres, hermanos etc.) ¿Qué puede hacer?

No se preocupe existe solución.  Una corta y una no tan corta:

(i)   La opción corta.  Solicitar al juzgado la DESAFECTACIÓN de los bienes (muebles, inmuebles o vehículo(s)) embargados[1] demostrando que esos están a nombre de una persona ajena al obligado de pago.  Se solicita la desafectación en todos los casos en que no existe mayor complejidad para demostrar que la propiedad afectada no es del deudor.  El Juez inmediatamente ordena la desafectación y/o entrega del mueble despojado a su propietario.

(ii)    Esta opción, no tan corta, es la TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO, y se recurre cuando el juez denegó la DESAFECTACION o cuando la desafectación es más compleja.  En buena cuenta, es una mini demanda muy efectiva ya que puede interponerse incluso cuando el bien afectado se encuentra en etapa de remate. El fin es el mismo, la desafectación de su propiedad.

En ambos casos tiene derecho a una indemnización (por daños y perjuicios, incluyendo los gastos del proceso y honorarios del abogado que lo asesoró) por este abuso que cometieron contra en su agravio.   

Dependiendo del caso un tramite similar se hace en la vía administrativa ante la SUNAT

IMPORTANTE: Si usted pierde la tercería, habría perdido su propiedad para siempre.  Un resfrío que cura fácilmente, pero si no es tratado con el debido cuidado se puede convertir en una neumonía que puede ser mortal.  Asesórese por un abogado especialista en propiedades y recuperaciones.  Incluso, asesórese para que no se embargado en el futuro.
  





[1] Cuando decimos embargados no solo nos referimos cuando se es despojado de la posesión sino también cuando se trata de embargos inscribibles en los Registros Públicos.  

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