15 ene 2013

EVITE LAS DEUDAS MOROSAS EN SU EMPRESA


Afortunadamente va decreciendo la mentalidad de llamar a un abogado para solucionar un problema por la de tener a un abogado para evitar problemas.  Resulta significativamente menos costoso.   

Hoy más que antes, debido al auge económico de nuestro país, las transacciones comerciales son cada vez mas frecuentes en montos y cantidades, lo cual trae aparejado un incremento en el riesgo de tener clientes que finalmente no nos pagan.  En algunos casos llevándonos a la quiebra.  

El gerente de una gran empresa dijo “de cada 100 negocios 10 son estafas, pero por esos 10 no vamos a dejar de trabajar”  Ciertamente, no podemos amedrentarnos y dejar de crecer y por consiguiente ganar.  El asunto es procurar tomar las medidas de previsión a efectos de tener un mejor filtro a estas posibles estafas, es decir minimizar los riesgos con los clientes a quienes se les da una línea de crédito o facultad de pagar con fecha diferida.

Por lo tanto, las siguientes son algunas medidas de previsión o pautas a seguir a efectos de lograr dicho fin:  
  • VERIFICAR LA SOLVENCIA. Antes de vender a crédito, verificar en INFOCORP o en la SBS la seriedad y solvencia del cliente.  Así como pedimos certificados de trabajo y certificados de antecedentes para tener una referencia de su desenvolvimiento profesional y moral igualmente debe hacerse al otorgar parte de nuestro negocio (mercadería y/o servicios) el cual es equivalente el brindarle parte de nuestro capital. 
  • ESTABLECER CONDICIONES DE PAGO en el momento de formalizar la operación comercial. Usted debe dejar claramente establecido las condiciones y plazo de pago las cuales deberán quedar por escrito. 
  • ESTABLECER EN LAS FACTURAS EL INTERÉS POR MOROSIDAD.  Si no establecemos anticipadamente el interés a cobrar, en caso que un cliente incurra en mora, únicamente podremos cobrar el interés legal, el cual es ínfimo.  Por el contrario, si fijamos los intereses moratorios y compensatorios mas altos que fije el BCR el incumplimiento de pago disminuirá ya que su deudor no querrá pagar mucho mas por cada día impago. 
  • DOCUMENTAR LAS OPERACIONES Redactar un contrato el que contenga las obligaciones del deudor.  De ser posible que este sea firmado no solo por el cliente como representante de la empresa deudora sino por quien es el gerente que usualmente es el propietario de la empresa, pero en calidad de garante de la obligación de pago.  
  • USE GARANTÍAS PRENDARIAS O HIPOTECARIAS. Los bienes muebles o inmuebles que se otorgan en garantía pueden ser de un tercero quien las otorga a favor del cliente deudor.  El tercero asumiría la función de un fiador del cliente.  En caso de incumplimiento de pago la cancelación de la deuda está garantizada 
  • RECURRIR A OTRAS GARANTIAS LEGALES. Conseguir que el cliente firme pagarés, letras o cheques para tener un crédito documentado como mayor protección.
  • OTORGAR A CADA CLIENTE UN LÍMITE DE RIESGO. Establecer un límite de riesgo para cada cliente, con lo que se evitarán pérdidas elevadas si se produce una situación de morosidad.   La línea de crédito se incrementará conforme veamos su puntualidad de los pagos. 
  • NO PROCURE COBRAR LA DEUDA USTED MISMO.  Con la intención de cobrar la deuda sin recurrir a un abogado, es factible que firme documentos que al final podrían ser perjudiciales no solo para el cobro de su deuda sino incluso por los cuales podría usted terminar pagando a su cliente.

Las pautas mencionados son básicas y elementales. Consecuentemente, las recomendaciones expuestas no son vinculantes al Estudio por tanto no asumimos responsabilidad alguna por su solo seguimiento. Resulta imprescindible la asesoría personal de un abogado para cada caso específico.

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